A- de 2024
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Juan Carlos Cortés González
✓Claimant Reyes Velasquez Walter Alejandro·Respondent En Averiguacion De Responsables
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Incumplimiento del presupuesto subjetivo
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de competencia entre jurisdicciones, suscitado entre el Juzgado 189 de Instrucción Penal Militar y Policial, y la Fiscalía 21 Local de Bogotá.
La controversia se origina por denuncia interpuesta por un ciudadano, y posterior inicio de investigación penal contra miembros uniformados del Escuadrón Móvil Antidisturbios (ESMAD), por el presunto delito de abuso de autoridad por acto arbitrario o injusto.
Al verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena constata que el caso no cumple el presupuesto subjetivo para la procedencia de un conflicto de competencia entre jurisdicciones ya que no procede proponer conflicto de competencia frente a la Fiscalía, pues esta última no está legitimada para ser parte de la controversia, y trae como precedente el Auto 704 de 2021, en el cual se determinó que la Fiscalía General de la Nación está legitimada para ser parte de conflictos de competencia entre jurisdicciones en el marco de la Ley 906 de 2004, solo cuando los hechos objeto del proceso estén relacionados con graves violaciones de los derechos humanos.
Sin embargo, en el caso concreto, las autoridades en disputa no efectuaron consideración alguna orientada a explicar por qué, en su criterio, la conducta investigada per se constituye o no una grave violación a los derechos humanos, absteniéndose de señalar por qué hace referencia a i) un comportamiento sistemático, ii) tiene la intención de destruir a un grupo poblacional o iii) está relacionada con el conflicto armado.
Al establecer que los hechos descritos no encajan en las conductas que, de acuerdo con la jurisprudencia constitucional, se caracterizan por constituir posibles graves violaciones de los derechos humanos por lo que la Fiscalía esté legitimada para promover el conflicto, la Corte se declara inhibida para fallar de fondo y resuelve remitir el expediente al Juzgado 189 de Instrucción Penal Militar y Policial, para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a la Fiscalía 21 Local de Bogotá y a los interesados.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- PRIMERO. Declararse INHIBIDA para pronunciarse en el asunto de la referencia, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de esta providencia.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-4897 al Juzgado 189 de Instrucción Penal Militar y Policial, para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a la Fiscalía 21 Local de Bogotá y a los interesados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.